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¿Qué cambios traerá la nueva Ley de Alquileres para inquilinos y propietarios?

Ayer por la tarde, el Senado de la Nación aprobó la Ley de Alquileres. La nueva norma modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos, como el aumento de la duración de los contratos, se amplía las opciones de garantías a elegir por el propietario, entre otros.
La nueva ley de alquileres que reforma el vínculo entre propietarios e inquilinos fue aprobada por mayoría con 41 votos. Los cambios planteados beneficiarán a más de 9 millones de inquilinos.

Conocé los cambios que se aplicarán con la nueva ley de alquileres:

1- Ajustes de precio

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Los ajustes del precio del alquiler serán anuales y deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), reporte elaborado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

2- Plazos del contrato

La duración del contrato de alquiler se extiende a 3 años. Luego de transcurrido los dos años el inquilino puede interrumpir el contrato con una notificación previa en la que aclaran que no tienen la intención renovar el contrato durante un año más. Para realizarlo, la notificación se deberá realizar con una antelación no menor a sesenta (60) días del vencimiento del contrato.
Si se deseara realizar la renovación del contrato, el inquilino deberá informar con tres meses de anticipación al propietario si desea renovar. Y éste, deberá establecer las condiciones para el nuevo contrato.

3- Depósito de garantía

Con la nueva ley, no podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; y el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler. Y se lo devuelve en el último mes del contrato o la parte proporcional si se acordó un depósito inferior a un mes de alquiler.

4- Garantías válidas para el ingreso a la propiedad

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La garantía de alquiler es siempre un recurso necesario para ingresar a una propiedad. Con la nueva ley se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías a los inquilinos: aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino podrá presentar hasta dos y el propietario optará por una de las propuestas.

5) Registro de los contratos

Con esta nueva ley, es obligación del propietario declarar los contratos de locación de inmuebles ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga.

6- Honorarios

A diferencia de los proyectos que se presentaron anteriormente, con esta nueva ley los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, como ocurre habitualmente, ambas partes involucradas deberán abonar la comisión.

7) Arreglos en el inmueble

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En este punto, la nueva ley de alquileres introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer arreglos y descontarlos del alquiler, en caso de que el propietario no dé una respuesta ante un reclamo notificado para que realice alguna reparación urgente. El inquilino puede realizarlas por sí, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.

8) Pago de impuestos

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Con la nueva ley, el inquilino no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad ni el pago de expensas comunes extraordinarias que deberán ser detalladas y abonadas por el propietario del inmueble.

9) Resolución de conflictos

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Ante la existencia de conflictos entre inquilino y propietario, la nueva ley de alquileres establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.
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